España ofrece distintas vías legales para residir, estudiar o trabajar en su territorio. Como tipos de visado y autorizaciones, entre otros. Es importante diferenciar entre visado (para entrar en España) y autorización de estancia o residencia (para permanecer legalmente), reguladas por la Ley Orgánica 4/2000 y su normativa de desarrollo.

A continuación, te resumimos los principales opciones y tipos de visado disponibles en 2026.
Estancias de corta duración (hasta 90 días)
Visado de corta duración (turismo o negocios)
Permite estancias de hasta 90 días dentro del espacio Schengen por motivos turísticos, familiares o de negocios.
Aspectos clave:
- No autoriza a trabajar
- Permite libre circulación en el espacio Schengen
- Requiere acreditar medios económicos y seguro médico
Estancia por estudios
Visado y autorización de estancia por estudios
Dirigido a quienes desean cursar estudios en centros autorizados en España.
Permite:
- Permanecer durante la duración de los estudios
- Trabajar, siempre que sea compatible con la formación y dentro de los límites legales vigentes
- Solicitar modificaciones a residencia en determinados supuestos
Residencia sin actividad laboral
Visado de residencia no lucrativa
Para personas que desean residir en España sin realizar actividades laborales o profesionales.
Requisitos básicos:
- Medios económicos suficientes
- Seguro médico
- No realizar actividad laboral en España
Residencia para teletrabajo internacional
Visado y autorización de residencia para teletrabajo (nómadas digitales)
Regulado por la Ley de Startups, permite residir en España trabajando en remoto para empresas extranjeras o como profesional independiente.
Características:
- Visado inicial y posterior autorización de residencia
- Posibilidad de residencias de mayor duración si se cumplen requisitos
- Necesidad de acreditar relación laboral o profesional y medios económicos
Residencia por trabajo
Autorizaciones de residencia y trabajo
Incluyen distintas modalidades:
- Trabajo por cuenta ajena
- Trabajo por cuenta propia (autónomos)
- Profesionales altamente cualificados
Permiten:
- Residir y trabajar legalmente en España
- Acceder a renovaciones conforme a la normativa vigente
Búsqueda de empleo tras estudios
Autorización de residencia para búsqueda de empleo
Disponible para determinados estudiantes extranjeros que hayan finalizado sus estudios en España.
Permite:
- Permanecer en España durante un periodo limitado para buscar empleo o emprender
- Modificar a residencia y trabajo si se cumplen los requisitos
Reagrupación familiar
Permite a residentes legales en España traer a determinados familiares directos.
Incluye:
- Cónyuge o pareja
- Hijos
- Otros familiares en supuestos específicos
Autorizaciones por circunstancias excepcionales
Arraigo (incluido el socioformativo)
Mecanismos para regularizar la situación de personas que ya se encuentran en España en determinadas condiciones.
Requieren, entre otros:
- Permanencia previa en España
- Cumplimiento de requisitos específicos según el tipo de arraigo
Preguntas Frecuentes sobre los tipos de visado y residencias (FAQs)
1. ¿Qué visado necesito si quiero estudiar y trabajar parcialmente?
Visado de estudiante.
2.¿Puedo residir en España sin trabajar?
Sí, con el visado de residencia no lucrativa.
3.¿Qué es el visado de nómada digital?
Permite trabajar remotamente para empresas extranjeras mientras resides en España.
4. ¿Cuánto dura el visado de búsqueda de empleo?
Hasta 12 meses, con posibilidad de cambiar a residencia y trabajo.
5. ¿Puedo emprender en España siendo extranjero?
Sí, con el visado de autónomo o emprendedor.
6. ¿Qué es el arraigo socio‑formativo?
Mecanismo de regularización mediante estudios o integración social.
7. ¿Qué ventajas tiene la reagrupación familiar?
Permite que familiares directos de residentes legales se unan en España.
8. ¿Por qué es recomendable la asesoría profesional para visados?
Porque es una guía sobre cuál visado elegir, prepara la documentación general y evita retrasos o errores.
Importante
Cada caso debe analizarse de forma individual, ya que los requisitos, plazos y procedimientos pueden variar según la situación personal y posibles cambios normativos.
Aviso legal:
La información anterior es de carácter orientativo y no constituye asesoramiento jurídico. La normativa de extranjería puede ser modificada, por lo que se recomienda un análisis profesional actualizado antes de iniciar cualquier trámite.
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